Reconocimiento de créditos por estudios universitarios extranjeros
Cuando la titulación universitaria de origen no esté regulada por la vigente ley de educación universitaria española, ni se haya podido realizar homologación del título, se reconocerán los créditos de las asignaturas cuyas competencias, conocimientos y carga de trabajo del alumno, sean equivalentes a las correspondientes a una o varias asignaturas de la titulación de destino. Este reconocimiento supondrá para el alumno la exención de cursar dichas asignaturas.

Reconocimiento de Créditos por Estudios Universitarios Extranjeros
Información general sobre reconocimiento de créditos
Normativa
Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la UPM
¿Quién puede solicitarlo?
Los estudiante que habiendo realizado estudios universitarios extranjeros, parciales o totales, que no hayan obtenido la homologación de su titulación en España, y hayan seguido el proceso de admisión por estudios extranjeros:
Acceso con Estudios Universitarios realizados en el Extranjero
Continuando con el proceso de admisión a estudios oficiales de grado con estudios universitarios extranjeros, si no han obtenido resolución de reconocimiento de al menos 30 créditos de materia básica y obligatoria, deberán solicitar el reconocimiento de créditos a la E.T.S.I. de Sistemas Informáticos.
¿Qué documentación necesito para solicitarlo?
La instancia normalizada deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Certificación académica oficial de los estudios realizados, en la que consten las calificaciones obtenidas en las asignaturas impartidas, con su correspondiente nota media aprobatoria.
- Programa de las asignaturas aprobadas, en el que conste el contenido y la carga lectiva. Deberá estar sellado y diligenciado por el centro donde se impartió en todas y cada una de sus hojas, detallando los cursos académicos en los que estuvo vigente.
- Pasaporte, DNI/ NIE. (Los estudiantes extranjeros pueden presentar una certificación de los Servicios Consulares de su país en España, en la que figure su nacionalidad e inscripción en el Registro Consular).
- Resguardo de haber solicitado plaza.
Estos documentos deberán ajustarse a los requisitos siguientes:
- Serán oficiales, expedidos por las autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.
- Para legalización de documentos por vía diplomática, deberán ser presentados en todos y cada uno de los siguientes organismos, por el orden que se cita:
- El Ministerio de Educación del país de origen.
- El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.
- La representación diplomática o consular de España en dicho país.
- La Sección de Legalizaciones del Ministerio Español de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (C/ General Pardiñas, 55. 28006 Madrid)
- Para la legalización de los documentos procedentes de los países acogidos al “Convenio de La Haya”, los requisitos citados con anterioridad para una legalización por vía diplomática, serán sustituidos por la correspondiente apostilla. Este trámite lo efectúa la autoridad competente del Estado de donde procedan los documentos.
Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al castellano, que podrá hacerse:
- Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
- Por la representación diplomática o consular en España del país del que es súbdito el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.
- Por traductor jurado, debidamente autorizado e inscrito en España.
- Por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio español de Asuntos Exteriores.
¿Cuál es el plazo para realizar la solicitud?
Los plazos para el reconocimiento de créditos por estudios internacionales vienen especificados en el siguiente documento:
¿Cómo se solicita?
Se deberá remitir una solicitud de reconocimiento de créditos para alumnos con estudios extranjeros junto con la documentación mencionada a la secretaría de la E.T.S.I. de Sistemas Informáticos: negociado.alumnos.etsisi@upm.es. Teléfono para solicitar información: 910673524.
Una vez remitida la solicitud, junto con la documentación indicada, el centro le enviará la carta de pago de tasas por el estudio de la solicitud para su abono. Una vez efectuado debe remitir al centro el resguardo del abono a la mayor brevedad.
La documentación será evaluada por la Subdirección de Ordenación Académica, los departamentos y secciones departamentales, así como por los profesores y profesoras de las asignaturas, que emitirán informe favorable o desfavorable.
La Resolución concediendo o denegando los reconocimientos de créditos será adoptada por la CRTC.
Jefatura de Estudios
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